Claves del nuevo impuesto del CO2

Este 2020 entra en vigor el nuevo impuesto para los vehículos a motor de la Generalitat de Catalunya, que grava las emisiones de CO2 de turismos, furgonetas y motocicletas. En su valoración de la nueva tasa, el RACC considera que no contribuye al objetivo de reducir las emisiones contaminantes porque obliga a pagar por la propiedad del vehículo en lugar de gravar su uso.

19/02/2020


Puntos principales del impuesto 

La Generalitat aprobó el nuevo impuesto en diciembre de 2019. Los puntos más destacados son:

  • El impuesto está incluido en la ley catalana del Cambio Climático, aprobada el día 19/12/2019, y gravará a los vehículos en función de las emisiones nominales de CO2 de su ficha técnica.
  • Pagarán los turismos de hasta 8 plazas, las furgonetas con una masa de hasta 3,5 toneladas, y las motos (estas últimas, a partir del 2021). Quedan exentos los vehículos eléctricos, las flotas de servicios públicos y los camiones. Los vehículos con matrícula de coche histórico tienen una bonificación del 100%.
  • El tributo tendrá cinco tramos, de forma que los vehículos con más emisiones nominales serán especialmente penalizados.
  • Tendrá una periodicidad anual.
  • La implantación del impuesto será progresiva y a partir del segundo año será más caro y restrictivo. Así, en relación con el 2019, pagarán los vehículos que tengan unas emisiones nominales a partir de 120 gramos de CO2 por km, y desde 2020 empezarán a pagar a partir de los 95 gramos de CO2 por km.
  • La Generalitat destinará la recaudación a dos fondos: uno dedicado a acciones para la conservación de la naturaleza y otro a acciones climáticas, que incluyen la renovación de vehículos.



Fuente: La Vanguardia

La opinión del RACC

La opinión del RACC

  • El impuesto grava la tenencia del vehículo, en lugar del uso. Por lo tanto, la tasa no responde al principio de “quien contamina, paga” y no servirá para reducir las emisiones de CO2.
  • El impuesto tampoco grava los vehículos que más COgeneran y más km recorren, los camiones.
  • El RACC pide que el 100% de la recaudación se destine a la renovación del parque de vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT y que se fije un tope de 150€ anuales en el cálculo del impuesto para evitar cuotas desproporcionadas en los vehículos más antiguos, como los clásicos.
  • El RACC advierte que el impuesto supondrá un incentivo para que flotas de vehículos (de renting, por ejemplo) sean matriculadas fuera de Cataluña, perdiéndose así tanto el impuesto del COcomo el de matriculación, y por ello es partidario de declarar exentos todos los vehículos durante los primeros cuatro años.

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